INTERPOSICION DE RECURSO DE PROTECCION

 

          Con fecha 25 de Junio de 2021, se interpuso por 540 personas,  el Recurso de Protección, que tiene por objeto lograr que se termine con las discriminaciones de desplazamiento que tienen las personas que no se han vacunado, versus las personas vacunadas.

            A este recurso se le asignó el rol N°: PROTECCION-34.754-2021, de la Corte de Apelaciones de Santiago.

            La interposición del Recurso de Protección, fue auspiciada por la empresa BENDICION BIOMAGNETICA S.P.A., la que pagó la cantidad de $1.000.000.- por concepto de honorarios a la abogada ANDREA LEYTON MARTINEZ., quien se encuentra patrocinando esta acción judicial.

            El día 1 de Julio de 2021, se dictó por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, una resolución que declaró inadmisible el Recurso de Protección, cuyo texto es el siguiente:

“Santiago, uno de julio de dos mil veintiuno.

                        Vistos y teniendo presente:

 1°) Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales.

 2°) Que los hechos descritos en la presentación y las peticiones que se  formulan a esta Corte exceden las materias que deben ser conocidas por el presente recurso atendida su naturaleza cautelar, al tratarse de impugnar por esta vía una decisión que forma parte de las políticas públicas dictadas por la autoridad competente en contexto de la emergencia sanitaria que se vive a nivel nacional y mundial, razón que impide que sea admitido a tramitación.

 Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección de las garantías constitucionales, se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto al folio 1.

Al escrito folio N°2; a todo, estese a lo resuelto precedentemente.

Archívese.”

 

            Atendida esta resolución, la cual nos parece injusta, el día lunes 5 de Julio de 2021,  presentaremos un Recurso de Reposición, el que deberá ser conocido por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago y, en subsidio, un Recurso de Apelación, el que deberá ser conocido por la Excelentísima Corte Suprema  de Justicia, ambos a fin de cambiar esta resolución y lograr que el Recurso de Protección sea admitido a tramitación.

            Mientras no tengamos claro si el Recurso de Protección, será admitido a tramitación, no podemos adherir a más personas al mismo, por lo que agradecemos su comprensión.

            Mayores novedades les informaremos en la medida de que estas se vayan produciendo.

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