Lamento informarles que con fecha 20 de Julio de 2021, la Corte Suprema de Santiago, no dio lugar al recurso de apelación por el cual se solicitó que se declarara admisible el Recurso de Protección y fuera sometido a tramitación, para que la Corte de Apelaciones de Santiago, se pronunciara sobre la materia. El texto de la resolución es el siguiente: “Santiago, veinte de julio de dos mil veintiuno. Al escrito folio N° 74375-2021: a lo principal: téngase presente; al otrosí: no ha lugar a los alegatos solicitados. Vistos y teniendo únicamente presente: Que en el recurso se exponen actuaciones que no son susceptibles de ser tildadas de ilegales o arbitrarias, razón por la que el arbitrio no cumple con las exigencias del artículo 20 de la Constitución Política de la República en relación al artículo 2 del Auto Acordado que rige la materia, se confirma la resolución apelada de uno de julio de dos mil veintiuno, dictada por la Corte de Apelaciones d...
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